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ArrendamientoPuro

Arrendamiento puro vs crédito vs contado

No hay una opción mejor universal: hay una que conviene más a tu flujo y a tu estrategia fiscal. Compáralas lado a lado.

CriterioArrendamiento puroCréditoContado
Conservas tu liquidezParcial
100% deducible de ISRCon topesCon topes
IVA acreditableMensualMensualDe golpe
No afecta tu línea de crédito
El activo es tu patrimonioOpción de compra
Renovación de flota
Balance ligero

3 modalidades

Conoce cada opción a detalle

Arrendamiento puro

Estrella

Usa la unidad sin descapitalizarte. 100% deducible para persona moral, mensualidades fijas y renovación de flota al final del plazo.

  • No descapitalizas tu empresa
  • 100% deducible de ISR (persona moral)
  • IVA acreditable sobre la renta
  • Mensualidades fijas y predecibles
  • Renueva tu flota al final del contrato

Crédito

Financiamiento

El activo se vuelve patrimonio de tu empresa al liquidar. Plazos flexibles para persona física y moral.

  • La unidad pasa a ser tu patrimonio
  • Plazos flexibles de pago
  • Disponible para persona física y moral
  • Deduces intereses y depreciación
  • Sin restricción de kilometraje

Contado

Compra directa

Adquiere la unidad de inmediato al mejor precio negociado, sin intereses ni plazos.

  • Disponibilidad inmediata
  • Mejor precio negociado
  • Sin intereses ni comisiones
  • Propiedad total desde el día uno

Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

El arrendamiento puro es un contrato en el que tu empresa (arrendataria) usa un vehículo o equipo a cambio de una renta mensual fija, sin que el activo pase a tu propiedad. Al final del plazo puedes renovar por una unidad nueva, devolver el bien o ejercer una opción de compra a valor de mercado. La renta es 100% deducible de ISR para persona moral y el IVA es acreditable.

En arrendamiento puro pagas por usar la unidad sin descapitalizarte y deduces el 100% de la renta. En crédito, la unidad se vuelve tu patrimonio al liquidar y deduces intereses y depreciación. De contado, compras la unidad de inmediato al mejor precio negociado, sin intereses. Ofrecemos las tres modalidades para que elijas la que mejor convenga a tu flujo y estrategia fiscal.

Sí. Para persona moral, la renta del arrendamiento puro es deducible al 100% de ISR conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, sin los topes que aplican a la compra de automóviles, y el IVA de la renta es acreditable. Para persona física con actividad empresarial aplica la deducción conforme a la proporción de uso de tu actividad. Te recomendamos validar tu caso con tu contador.

Para persona moral: constancia de situación fiscal, acta constitutiva, identificación del representante legal, comprobante de domicilio y estados de cuenta recientes. Para persona física con actividad empresarial: constancia de situación fiscal, identificación, comprobante de domicilio y comprobantes de ingresos. El proceso de precalificación es ágil y puedes iniciarlo cargando tus documentos en línea.

Sí, operamos a nivel nacional con intensidad comercial en los principales estados y corredores industriales y logísticos del país. Te asignamos un asesor especializado según tu segmento (ligeros, flotillas, transporte o maquinaria) y tu región.

Respondemos en menos de 24 horas. Para leads de mayor prioridad (flotillas, transporte y maquinaria) el contacto inicial suele ser mucho más rápido. Puedes cotizar en línea, escribirnos por WhatsApp o agendar una llamada con un asesor.

¿Listo para decidir?

Cotiza tu unidad en las tres modalidades y elige con números reales.

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