Arrendamiento puro vs crédito vs contado
No hay una opción mejor universal: hay una que conviene más a tu flujo y a tu estrategia fiscal. Compáralas lado a lado.
| Criterio | Arrendamiento puro | Crédito | Contado |
|---|---|---|---|
| Conservas tu liquidez | Parcial | — | |
| 100% deducible de ISR | Con topes | Con topes | |
| IVA acreditable | Mensual | Mensual | De golpe |
| No afecta tu línea de crédito | — | ||
| El activo es tu patrimonio | Opción de compra | ||
| Renovación de flota | — | — | |
| Balance ligero | — | — |
3 modalidades
Conoce cada opción a detalle
Arrendamiento puro
EstrellaUsa la unidad sin descapitalizarte. 100% deducible para persona moral, mensualidades fijas y renovación de flota al final del plazo.
- No descapitalizas tu empresa
- 100% deducible de ISR (persona moral)
- IVA acreditable sobre la renta
- Mensualidades fijas y predecibles
- Renueva tu flota al final del contrato
Crédito
FinanciamientoEl activo se vuelve patrimonio de tu empresa al liquidar. Plazos flexibles para persona física y moral.
- La unidad pasa a ser tu patrimonio
- Plazos flexibles de pago
- Disponible para persona física y moral
- Deduces intereses y depreciación
- Sin restricción de kilometraje
Contado
Compra directaAdquiere la unidad de inmediato al mejor precio negociado, sin intereses ni plazos.
- Disponibilidad inmediata
- Mejor precio negociado
- Sin intereses ni comisiones
- Propiedad total desde el día uno
Resolvemos tus dudas
Preguntas frecuentes
El arrendamiento puro es un contrato en el que tu empresa (arrendataria) usa un vehículo o equipo a cambio de una renta mensual fija, sin que el activo pase a tu propiedad. Al final del plazo puedes renovar por una unidad nueva, devolver el bien o ejercer una opción de compra a valor de mercado. La renta es 100% deducible de ISR para persona moral y el IVA es acreditable.
En arrendamiento puro pagas por usar la unidad sin descapitalizarte y deduces el 100% de la renta. En crédito, la unidad se vuelve tu patrimonio al liquidar y deduces intereses y depreciación. De contado, compras la unidad de inmediato al mejor precio negociado, sin intereses. Ofrecemos las tres modalidades para que elijas la que mejor convenga a tu flujo y estrategia fiscal.
Sí. Para persona moral, la renta del arrendamiento puro es deducible al 100% de ISR conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, sin los topes que aplican a la compra de automóviles, y el IVA de la renta es acreditable. Para persona física con actividad empresarial aplica la deducción conforme a la proporción de uso de tu actividad. Te recomendamos validar tu caso con tu contador.
Para persona moral: constancia de situación fiscal, acta constitutiva, identificación del representante legal, comprobante de domicilio y estados de cuenta recientes. Para persona física con actividad empresarial: constancia de situación fiscal, identificación, comprobante de domicilio y comprobantes de ingresos. El proceso de precalificación es ágil y puedes iniciarlo cargando tus documentos en línea.
Sí, operamos a nivel nacional con intensidad comercial en los principales estados y corredores industriales y logísticos del país. Te asignamos un asesor especializado según tu segmento (ligeros, flotillas, transporte o maquinaria) y tu región.
Respondemos en menos de 24 horas. Para leads de mayor prioridad (flotillas, transporte y maquinaria) el contacto inicial suele ser mucho más rápido. Puedes cotizar en línea, escribirnos por WhatsApp o agendar una llamada con un asesor.
¿Listo para decidir?
Cotiza tu unidad en las tres modalidades y elige con números reales.