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ArrendamientoPuro

Arrendamiento puro XCMG

Maquinaria china de crecimiento explosivo, 30-40% más accesible que las marcas tradicionales. Sin competencia en arrendamiento. Cotiza en arrendamiento, crédito o contado, 100% deducible para tu empresa.

Respuesta en menos de 24 horas
Cobertura nacional
100% deducible (persona moral)
Proceso 100% digital · CFDI garantizado

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Modelos disponibles

Modelos XCMG en arrendamiento

Elige el modelo que tu operación necesita. Cada uno disponible en las tres modalidades.

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Ticket altísimo

XCMG

Cargador frontal LW300

Cargador frontal

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$65,000 / mes

  • N/A
  • Diésel
  • Minería / construcción
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Ventaja fiscal

100% deducible para tu empresa

100% deducible de ISR

La renta del arrendamiento puro es deducible al 100% para persona moral, sin los topes que aplican a la compra de automóviles.

IVA acreditable

El IVA de cada mensualidad es acreditable mes a mes, mejorando tu flujo frente a pagar el IVA de golpe en una compra.

Balance ligero

Al no registrar el activo ni su depreciación, mantienes tu balance sano y no consumes tu capacidad de crédito bancario.

* El tratamiento fiscal depende del régimen y uso del bien. Te recomendamos validar tu caso con tu contador. Estructuramos el contrato conforme a la normativa vigente del SAT.

Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

El arrendamiento puro es un contrato en el que tu empresa (arrendataria) usa un vehículo o equipo a cambio de una renta mensual fija, sin que el activo pase a tu propiedad. Al final del plazo puedes renovar por una unidad nueva, devolver el bien o ejercer una opción de compra a valor de mercado. La renta es 100% deducible de ISR para persona moral y el IVA es acreditable.

En arrendamiento puro pagas por usar la unidad sin descapitalizarte y deduces el 100% de la renta. En crédito, la unidad se vuelve tu patrimonio al liquidar y deduces intereses y depreciación. De contado, compras la unidad de inmediato al mejor precio negociado, sin intereses. Ofrecemos las tres modalidades para que elijas la que mejor convenga a tu flujo y estrategia fiscal.

Sí. Para persona moral, la renta del arrendamiento puro es deducible al 100% de ISR conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, sin los topes que aplican a la compra de automóviles, y el IVA de la renta es acreditable. Para persona física con actividad empresarial aplica la deducción conforme a la proporción de uso de tu actividad. Te recomendamos validar tu caso con tu contador.

Para persona moral: constancia de situación fiscal, acta constitutiva, identificación del representante legal, comprobante de domicilio y estados de cuenta recientes. Para persona física con actividad empresarial: constancia de situación fiscal, identificación, comprobante de domicilio y comprobantes de ingresos. El proceso de precalificación es ágil y puedes iniciarlo cargando tus documentos en línea.

Sí, operamos a nivel nacional con intensidad comercial en los principales estados y corredores industriales y logísticos del país. Te asignamos un asesor especializado según tu segmento (ligeros, flotillas, transporte o maquinaria) y tu región.

Respondemos en menos de 24 horas. Para leads de mayor prioridad (flotillas, transporte y maquinaria) el contacto inicial suele ser mucho más rápido. Puedes cotizar en línea, escribirnos por WhatsApp o agendar una llamada con un asesor.

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